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AVEN
Ayudas en el marco del Plan de Acción 2008-2012 de la
Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (E4)
Programa de Diversificación Energética 2010

A continuación se describen brevemente las características principales de este
programa de ayudas, si bien la información que se considerará como oficial a
todos los efectos será la publicada en la
ORDEN 10/2010, de 9 de abril de 2010, de la Consellería de Infraestructuras y Transporte,
sobre concesión de ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía, en el marco del
Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética 2008-2012 (PAE4+)
en las empresas, sector edificación, servicios públicos, comunidades de regantes,
cogeneración y diversificación energética para el ejercicio 2010
(DOCV nº 6253, 26/04/2010).
Características del programa
Objeto
El objetivo de esta actuación es la implantación de medidas destinadas a la sustitución
de productos petrolíferos por gas natural en cualquier empresa perteneciente a cualquier
sector económico y en las entidades públicas.
Durante el ejercicio 2010, este programa cuenta con la colaboración del
Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)
, según lo estipulado en las cláusulas del convenio firmado con la AVEN el 28
de marzo de 2008, con el fin de facilitar la consecución de los objetivos previstos,
a escala nacional, en el Plan de Acción 2008-2012 de la Estrategia de Ahorro y
Eficiencia Energética en España (E4), aprobado por Consejo de Ministros de fecha
20 de Julio de 2007 y, a escala autonómica, en el Plan de Ahorro y Eficiencia
Energética de la Comunitat Valenciana, podrá contar con
la financiación del Fondo Europeo de Desarrollo
Regional (FEDER), a través del Programa
Operativo de la Comunitat Valenciana 2007-2013.
Beneficiarios
Empresas de la Comunitat Valenciana pertenecientes a cualquier sector económico y
las entidades públicas.
Los beneficiarios deberán tener su domicilio, sede social o establecimiento de
producción en la Comunitat Valenciana, y los proyectos objeto de ayuda deberán
estar localizados en dicho territorio.
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdido, con los límites y características establecidos en
cada una de las actuaciones.
Plazo y lugar de presentación de
solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 45 días naturales, contado a
partir del día siguiente al de la publicación de esta disposición en el Diari
Oficial de la Comunitat Valenciana.
Para el ejercicio 2010 ello se traduce en las siguientes fechas:
- Apertura del plazo de presentación de solicitudes: 27/04/2010
- Cierre del plazo de presentación de solicitudes: 10/06/2010
Las solicitudes, acompañadas de la documentación complementaria según el tipo de
solicitante y la actuación, podrán presentarse en la sede de la Agencia Valenciana
de Energía (AVEN) en Valencia, C/ Colón, nº 1, 4ª planta.
-
Invierno:
-
Mañanas: Lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 h.
-
Tardes: Martes y jueves, de 17:00 a 19:00 h.
-
Verano (15 de mayo al 15 de octubre):
-
Mañanas: Lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 h.
También podrán presentarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A modo orientativo se indican
las siguientes:
-
En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la
Administración de la Comunitat Valenciana (u otras Comunidades Autónomas).
-
En los registros de los edificios y oficinas PROP de la Generalitat Valenciana.
Pueden consultarse en www.prop.gva.es,
y en los teléfonos 012 ó 96.386.60.00 (llamadas desde otras Comunidades
Autónomas).
-
En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la
Administración de la Administración General del Estado.
-
En los registros de las entidades que integran la Administración Local
(Ayuntamientos), Diputaciones Provinciales y Mancomunidades Intermunicipales,
siempre que se hubiese suscrito el oportuno convenio. Pueden consultarse en
www.prop.gva.es, y en los teléfonos 012 ó 96.386.60.00 (llamadas
desde otras Comunidades Autónomas).
-
Oficinas de Correos (obligatorio envío por correo certificado).
En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de
Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que la instancia sea fechada y
sellada por la oficina de Correos antes de ser certificada.
Procedimiento para presentar
la solicitud
Por regla general, la solicitud siempre se presentará con anterioridad a la
realización del proyecto/estudio o adquisición del bien, salvo
indicación específica en otro sentido en algún programa y/o actuación.
En el momento de presentar la solicitud deberá acompañarse la siguiente
documentación:
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
-
Impreso de solicitud normalizado, generado mediante el programa informático
"Ayudas E4 Inversiones 2010 v1.0.2" (véase "Documentos asociados", en el marco lateral
derecho de esta misma página). Se ruega consultar previamente las
instrucciones de descarga
del programa.
-
Documentación complementaria de carácter administrativo. Los documentos a
presentar serán función del tipo de solicitante (particular, empresa, etc).
Dicha documentación está indicada en la convocatoria de ayudas; adicionalmente
aparecerá relacionada para cada tipo de solicitante, en el momento de imprimir
la solicitud cuando se emplee el programa informático.
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
-
Memoria técnica del proyecto en función del programa al que se soliciten ayudas,
firmada por técnico competente, según modelo facilitado por la Agencia Valenciana
de la Energía (véase “Documentos asociados”, en el marco lateral derecho de esta
misma página).
Actuaciones apoyables
-
DIVE – Inversiones en diversificación energética.
-
Descripción:
Mediante esta actuación se pretende promover la inversión en instalaciones
y equipos necesarios para la transformación a gas natural.
-
Beneficiarios:
Empresas de la Comunitat Valenciana pertenecientes a cualquier sector
económico y las entidades públicas.
-
Costes elegibles:
Se considerará coste elegible toda la inversión en instalaciones y equipos
necesarios para la transformación a gas natural.
Los proyectos deberán tener una inversión mínima de 2.000 euros.
-
Cuantía de la ayuda:
La cuantía máxima de la ayuda será la siguiente:
- Equipos e instalaciones de proceso: la cuantía máxima será del 22% del coste elegible y con un máximo de 200.000€ por proyecto.
- Renovación de equiposauxiliares consumidores de energía (calderas, quemadores, etc.): la cuantía será del 30% del coste elegible con un máximo de 200.000€ por proyecto.
Preguntas frecuentes
-
¿Quién debe solicitar la ayuda? El solicitante de
la ayuda siempre será el titular de la instalación o la persona o
entidad que adquiera el bien.
-
¿Cuándo debo solicitar la ayuda? Por regla general,
la solicitud siempre se presentará con anterioridad a la realización del
proyecto/estudio o adquisición del bien, salvo indicación específica en
otro sentido en algún programa y/o actuación.
-
¿Cuándo puedo comenzar mi proyecto? Una vez presentada
la solicitud, el titular podrá llevar a cabo el proyecto o adquisición del bien,
sin necesidad de esperar a que le sea notificada la concesión e importe de la ayuda
o, en su caso, la denegación de la misma. En cualquier caso, el solicitante deberá
respetar los plazos para la finalización del proyecto que haya indicado en la
solicitud (Aptdo. “Planificación del proyecto”).
-
¿Cuál es el importe de la ayuda? El solicitante
desconocerá, en el momento de presentar la solicitud, el importe de la ayuda
que en su caso le pudiera ser concedida. La cantidad finalmente otorgada a
cada proyecto depende de múltiples factores, entre los que cabe destacar:
número de solicitudes presentadas en la convocatoria, características
técnicas del proyecto y de los equipos empleados, ahorro energético
obtenido, etc…
-
¿Cuándo conoceré la ayuda que se me ha concedido? Una vez
cerrado el plazo de admisión de solicitudes, los técnicos de la AVEN llevarán a
cabo la evaluación de las mismas. Finalizado el periodo de evaluación se dictará
resolución, notificándose de forma individual a cada solicitante el resultado
de la misma.
-
¿Cuál es el plazo máximo para finalizar el proyecto?
Según lo establecido en las bases de la convocatoria, la fecha límite para
acreditar la realización del proyecto o adquisición del bien es el 29 de
abril de 2011, salvo que en la notificación al solicitante se establezca
una distinta. Por tanto, todos los proyectos subvencionados deberán estar
finalizados antes de dicha fecha.
-
¿Cómo justificaré la realización del proyecto? En la
notificación de resolución remitida a cada solicitante, la AVEN requerirá los
documentos que se deberán presentar para justificar la inversión realizada así
como el resto de documentación exigida en las
bases de la convocatoria, indicando la fecha límite para la presentación
de los mismos. Deberá presentarse justificantes de gasto y pago por el total
de la inversión considerada como coste elegible. Solo serán tenidas en cuenta
las justificaciones de gasto/pago cuya fecha sea posterior a la de
presentación de la solicitud.
-
¿Cuándo certificarán mi instalación? Una vez
finalizado el plazo de presentación de documentos de justificación, los
técnicos de la AVEN podrán visitar el proyecto para certificar que el mismo
ha sido realizado de acuerdo a las características que obran en el
expediente y que, en su caso, éste se encuentra en funcionamiento.
El titular de la instalación o promotor del proyecto será informado
con suficiente antelación sobre la fecha y hora de dicha visita.
-
¿Qué ocurre si cambian las características del proyecto?
Si transcurrido un tiempo después de haber presentado la solicitud, se cambian
por motivos técnicos o económicos las características del proyecto o del bien
a adquirir, el titular deberá comunicarlo por escrito a la AVEN con anterioridad
a su ejecución. En dicho escrito se deberán justificar los motivos que han
originado la modificación, indicar detalladamente los cambios realizados y,
en su caso, esquema de la nueva instalación y características técnicas y
coste de los nuevos equipos.
-
¿Qué ocurre si no llevo a cabo la instalación? Si una
vez presentada la solicitud el titular decide no llevar a cabo el proyecto o no
adquirir el bien, éste deberá comunicarlo por escrito a la AVEN con la mayor
brevedad posible, indicando expresamente su renuncia a la ayuda solicitada.
solicitada.
-
¿Cuándo cobraré la ayuda? Para los proyectos a los
que se haya concedido ayuda, una vez ejecutado el mismo y cumplido el beneficiario
con sus obligaciones (aportación de toda la documentación requerida en las bases
de la convocatoria), los técnicos de la AVEN podrán visitarlos para certificar
que los mismos han sido realizados de acuerdo a las características que obran en
el expediente y que, en su caso, éste se encuentran en funcionamiento. Una vez
efectuada dicha certificación, y en función de la disponibilidad presupuestaria,
se procederá al pago de la ayuda concedida.
Información adicional
Para mayor información sobre la convocatoria de Ayudas se deberá consultar el
documento: ORDEN 10/2010, de 9 de abril
de 2010, de la Consellería de Infraestructuras y Transporte, sobre concesión de
ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía, en el marco del Plan de Acción de
la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética 2008-2012 (PAE4+) en las empresas,
sector edificación, servicios públicos, comunidades de regantes, cogeneración y
diversificación energética para el ejercicio 2010 (DOCV nº 6253, 26/04/2010).
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disponga del programa Adobe Acrobat Reader 4 o superior. Si su ordenador no
dispone de dicho programa, puede descargarlo pinchando aquí:


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