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Ayudas en el marco del Plan de Acción 2008-2012
de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (E4)
Programa de Ahorro y Eficiencia Energética en la Empresa 2009

A continuación se describen brevemente las características principales de este programa de ayudas,
si bien la información que se considerará como oficial a todos los efectos será la publicada
en la
ORDEN de 19 de junio de 2009, de la Consellería de Infraestructuras y Transporte, sobre
concesión de ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía, en el marco del Plan de Acción
de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética 2008-2012 (PAE4+) en las empresas, sector
edificación, servicios públicos, comunidades de regantes, cogeneración y diversificación
energética para el ejercicio 2009 (DOCV nº 6045, 29/06/2009).
Características del programa
Objeto
Los objetivos de este programa son:
-Determinar el potencial de ahorro de energía en las empresas del sector
industrial, facilitando la toma de decisión para la inversión en proyectos de
ahorro energético.
-Facilitar la viabilidad económica de las inversiones en ahorro de energía en
las empresas de la Comunitat Valenciana en cualquier sector económico.
Durante el ejercicio 2009, este programa cuenta con la colaboración del
Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)
, según lo estipulado en las cláusulas del convenio firmado con la AVEN el 28
de marzo de 2008, con el fin de facilitar la consecución de los objetivos
previstos, a escala nacional, en el Plan de Acción 2008-2012 de la Estrategia
de Ahorro y Eficiencia Energética en España (E4), aprobado por Consejo de
Ministros de fecha 20 de julio de 2007 y, a escala autonómica, en el Plan de
Ahorro y Eficiencia Energética de la Comunitat Valenciana.
Beneficiarios
Podrán acogerse a estas ayudas las empresas que cumplan los requisitos
establecidos en cada una de las actuaciones.
Los beneficiarios deberán tener su domicilio, sede social o establecimiento
de producción en la Comunitat Valenciana, y los proyectos objeto de ayuda
deberán estar localizados en dicho territorio.
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdido, con los límites y características establecidos en
cada una de las actuaciones.
Plazo y lugar de presentación de
solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 45 días naturales, contado a partir del
día siguiente al de la publicación de esta disposición en el Diari Oficial de
la Comunitat Valenciana.
Para el ejercicio 2009 ello se traduce en las siguientes fechas:
-
Apertura del plazo de presentación de solicitudes: 30/06/2009
-
Cierre del plazo de presentación de solicitudes: 13/08/2009
Las solicitudes, acompañadas de la documentación complementaria según el tipo de
solicitante y la actuación, podrán presentarse en la sede de la Agencia
Valenciana de Energía (AVEN) en Valencia, C/ Colón, nº 1, 4ª planta.
Horario de registro:
-
Invierno:
-
Mañanas: Lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 h.
-
Tardes: Martes y jueves, de 17:00 a 19:00 h.
-
Del 23/12/2009 al 06/01/2010 el horario de registro será de 09:00 a 14:00.
-
Verano (15 de Mayo al 15 de Octubre):
-
Mañanas: Lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 h.
También podrán presentarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A modo
orientativo se indican las siguientes:
-
En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la
Administración de la Comunidad Valenciana (u otras Comunidades Autónomas).
-
En los registros de los edificios y oficinas PROP de la Generalitat Valenciana.
Pueden consultarse en www.prop.gva.es,
y en los teléfonos 012 ó 96.386.60.00 (llamadas desde otras Comunidades
Autónomas).
-
En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la
Administración General del Estado.
-
En los registros de las entidades que integran la Administración Local
(Ayuntamientos), Diputaciones Provinciales y Mancomunidades Intermunicipales,
siempre que se hubiese suscrito el oportuno convenio. Pueden consultarse en
www.prop.gva.es, y en los teléfonos 012 ó 96.386.60.00 (llamadas
desde otras Comunidades Autónomas).
-
Oficinas de Correos (obligatorio envío por correo certificado).
En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de
Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que la instancia sea fechada y
sellada por la oficina de Correos antes de ser certificada.
Procedimiento para presentar
la solicitud
Por regla general, la solicitud siempre se presentará con anterioridad a la
realización del proyecto/estudio o adquisición del bien, salvo
indicación específica en otro sentido en algún programa y/o actuación.
En el momento de presentar la solicitud deberá acompañarse la siguiente
documentación:
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
-
Impreso de solicitud normalizado, generado mediante el programa informático
"Ayudas E4 2009" (véase "Documentos asociados", en el marco lateral
derecho de esta misma página). Se ruega consultar previamente las
instrucciones de descarga del programa.
-
Documentación complementaria de carácter administrativo. Los documentos a
presentar serán función del tipo de solicitante (particular, empresa, etc).
Dicha documentación está indicada en la convocatoria de ayudas; adicionalmente
aparecerá relacionada para cada tipo de solicitante, en el momento de imprimir
la solicitud cuando se emplee el programa informático.
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
-
Memoria técnica del proyecto en función del programa al que se soliciten
ayudas, firmada por técnico competente, según modelo facilitado por la
Agencia Valenciana de la Energía (véase "Documentos asociados", en el
marco lateral derecho de esta misma página).
Actuaciones apoyables
-
IN11-Auditorías energéticas.
-
Descripción:
Realización de trabajos de consultoría que analicen el proceso productivo desde
el punto de vista energético, incluyendo medidas de apoyo, y propongan medidas
de reducción del consumo energético.
-
Aplicaciones:
-Auditorías energéticas globales.
-Auditorías energéticas parciales en líneas de producción.
-
Beneficiarios:
-Empresas del sector industrial manufacturero, excluyendo las del sector
Transformación de la Energía.
-Tendrán un trato preferente las empresas que se hayan adherido a un acuerdo
voluntario que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio o la Agencia
Valenciana de Energía haya firmado con la Asociación empresarial
correspondiente.
-
Características específicas:
Podrán acogerse al Programa de Auditorías Energéticas de forma prioritaria
todas aquellas empresas que tengan un consumo de energía final mayor de 4.000
tep/año, sin que pueda considerarse un criterio excluyente.
-
Costes elegibles:
Se considerarán costes elegibles a efectos de ayuda los trabajos externos de consultoría.
-
Cuantía de la ayuda:
La cuantía máxima de la ayuda será del 75% del coste de la auditoría, con los
siguientes valores máximos netos de ayuda:
|
Consumo Energía final tep/año por establecimiento donde se
realiza la Auditoría Energética
|
Valor máximo neto de ayuda €
|
|
>60.000
|
22.500
|
|
> 40.000-60.000
|
18.000
|
|
> 20.000-40.000
|
15.000
|
|
> 10.000-20.000
|
12.750
|
|
> 6.000-10.000
|
10.500
|
|
> 4.000-6.000
|
9.000
|
|
> 2.000-4.000
|
7.500
|
|
< 2.000
|
5.000
|
-
Otros datos de interés:
-La auditoría deberá contemplar los
contenidos mínimos indicados en el ANEXO II de la convocatoria de
ayudas (véase Documentos asociados, en el marco lateral derecho de esta
misma página).
-A la finalización del proyecto se presentarán dos copias de la auditoría
energética realizada, tanto en soporte papel como electrónico, así como una
hoja resumen de resultados en formulario normalizado (véase Documentos
asociados, en el marco lateral derecho de esta misma página).
-
IN12-Inversiones en medidas de ahorro de energía.
-
Descripción:
Con esta actuación se pretende promover inversiones en sustitución de equipos e
instalaciones consumidoras de energía por equipos e instalaciones que utilicen
tecnologías de alta eficiencia o la mejor tecnología disponible, con objeto
de reducir el consumo energético y las emisiones de CO2.
-
Aplicaciones:
- Recuperación de calores residuales.
- Mejora de rendimiento de equipos existentes.
- Cambio de equipos, instalaciones o calderas.
- Implantación de nuevas tecnologías energéticas.
- Utilización energética de subproductos industriales.
- Otras medidas que demuestren un ahorro energético.
-
Beneficiarios:
- Empresas de la Comunitat Valenciana pertenecientes a cualquier sector económico.
- Tendrán prioridad las empresas que se hayan adherido a un acuerdo voluntario que el
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio haya firmado con la Asociación
empresarial correspondiente.
-
Costes elegibles:
- Las inversiones en equipos, instalaciones y sistemas que transforman o
consumen energía en el proceso productivo así como los sistemas auxiliares
necesarios para el funcionamiento.
- Montaje y puesta en marcha.
-
Cuantía de la ayuda:
-
Equipos e instalaciones de PROCESO:
La cuantía máxima será del 22% del coste elegible y con un máximo de 200.000€
por proyecto.
-
Renovación de equipos AUXILIARES: consumidores de energía
(calderas, compresores, quemadores, motores eléctricos) por equipos de
alto rendimiento. La cuantía máxima será del 30% del coste elegible con
un máximo de 200.000 € por proyecto.
-
Otros datos de interés:
Los proyectos enmarcados dentro de esta actuación deberán tener un periodo de retorno
de la inversión superior a 2 años y un ratio ahorro de energía primaria/coste elegible
superior a 200 tep/M€.
Preguntas frecuentes
-
¿Quién debe solicitar la ayuda? El solicitante de la ayuda
siempre será el titular de la instalación o la persona o entidad que adquiera el bien.
-
¿Cuándo debo solicitar la ayuda? Por regla
general, la solicitud siempre se presentará con anterioridad a la realización
del proyecto/estudio o adquisición del bien, salvo indicación específica en
otro sentido en algún programa y/o actuación.
-
¿Cuándo puedo comenzar mi proyecto? Una vez
presentada la solicitud, el titular podrá llevar a cabo el proyecto o
adquisición del bien, sin necesidad de esperar a que le sea notificada la
concesión e importe de la ayuda o, en su caso, la denegación de la misma. En
cualquier caso, el solicitante deberá respetar los plazos para la finalización
del proyecto que haya indicado en la solicitud (Aptdo. 'Planificación del
proyecto').
-
¿Cuál es el importe de la ayuda? El solicitante
desconocerá, en el momento de presentar la solicitud, el importe de la ayuda
que en su caso le pudiera ser concedida. La cantidad finalmente otorgada a cada
proyecto depende de múltiples factores, entre los que cabe destacar: número de
solicitudes presentadas en la convocatoria, características técnicas del
proyecto y de los equipos empleados, ahorro energético obtenido, etc.
-
¿Cuándo conoceré la ayuda que se me ha concedido? Una
vez cerrado el plazo de admisión de solicitudes, los técnicos de la AVEN
llevarán a cabo la evaluación de las mismas. Finalizado el periodo de
evaluación se dictará resolución, notificándose de forma individual a cada
solicitante el resultado de la misma.
-
¿Cuál es el plazo máximo para finalizar el proyecto?
Según lo establecido en las bases de la convocatoria, la fecha límite para
acreditar la realización de la actuación será el día 1 de diciembre de 2009
para los proyectos apoyados con fondos de la Generalitat y 30 de junio de
2010, para los proyectos apoyados exclusivamente con fondos provenientes del
convenio de colaboración entre el AVEN e IDAE, salvo que por circunstancias
concurrentes se determine un plazo distinto en la resolución de concesión
de la ayuda. Por tanto, todos los proyectos subvencionados deberán estar
finalizados antes de dicha fecha.
-
¿Cómo justificaré la realización del proyecto? En
la notificación de resolución remitida a cada solicitante, la AVEN requerirá
los documentos que se deberán presentar para justificar la inversión realizada
así como el resto de documentación exigida en las
bases de la convocatoria, indicando la fecha límite para la
presentación de los mismos. Deberá presentarse justificantes de gasto y pago por
el total de la inversión considerada como coste elegible. Solo serán
tenidas en cuenta las justificaciones de gasto/pago cuya fecha sea posterior a
la de presentación de la solicitud.
-
¿Cuándo certificarán mi instalación? Una vez
finalizado el plazo de presentación de documentos de justificación, los
técnicos de la AVEN podrán visitar el proyecto para certificar que el mismo ha
sido realizado de acuerdo a las características que obran en el expediente y
que, en su caso, éste se encuentra en funcionamiento. El titular de la
instalación o promotor del proyecto será informado con suficiente antelación
sobre la fecha y hora de dicha visita.
-
¿Qué ocurre si cambian las características del proyecto?
Si transcurrido un tiempo después de haber presentado la solicitud, se cambian
por motivos técnicos o económicos las características del proyecto o del bien a
adquirir, el titular deberá comunicarlo por escrito a la AVEN con anterioridad
a su ejecución. En dicho escrito se deberán justificar los motivos que han
originado la modificación, indicar detalladamente los cambios realizados y, en
su caso, esquema de la nueva instalación y características técnicas y coste de
los nuevos equipos.
-
¿Qué ocurre si no llevo a cabo la instalación? Si
una vez presentada la solicitud el titular decide no llevar a cabo el proyecto
o no adquirir el bien, éste deberá comunicarlo por escrito a la AVEN con la
mayor brevedad posible, indicando expresamente su renuncia a la ayuda
solicitada.
-
¿Cuándo cobraré la ayuda? Para los proyectos a
los que se haya concedido ayuda, una vez ejecutado el mismo y cumplido el
beneficiario con sus obligaciones (aportación de toda la documentación
requerida en las bases de la convocatoria), los técnicos de la AVEN podrán
visitarlos para certificar que los mismos han sido realizados de acuerdo a las
características que obran en el expediente y que, en su caso, éste se
encuentran en funcionamiento. Una vez efectuada dicha certificación, y en
función de la disponibilidad presupuestaria, se procederá al pago de la ayuda
concedida.
Información adicional
Para mayor información sobre la convocatoria de Ayudas se deberá consultar el
documento: ORDEN de 19 de junio
de 2009, de la Consellería de Infraestructuras y Transporte, sobre concesión de ayudas
de la Agencia Valenciana de la Energía, en el marco del Plan de Acción de la Estrategia
de Ahorro y Eficiencia Energética 2008-2012 (PAE4+) en las empresas, sector edificación,
servicios públicos, comunidades de regantes, cogeneración y diversificación energética
para el ejercicio 2009 (DOCV nº 6045, 29/06/2009).
NOTA: Para poder visualizar algunos documentos, necesita que su ordenador
disponga del programa Adobe Acrobat Reader 4 o superior. Si su ordenador no
dispone de dicho programa, puede descargarlo pinchando aquí:


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