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PLAN
EÓLICO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA (PECV)
Régimen
de distribución del Fondo de Compensación del
PECV - Año 2010

A continuación se describen brevemente
las características principales del Fondo de
Compensación en el marco del Plan Eólico de la
Comunitat Valenciana para el ejercicio 2008. En cualquier caso, la
información que se considerará como oficial a
todos los efectos será la publicada en la
RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2010, de la Agencia
Valenciana de la Energía (AVEN), por la que se convoca
el Fondo de Compensación previsto en el marco del Plan
Eólico de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2010.
[2010/8431].
Objeto
Este Fondo de Compensación tiene como
objetivo la aplicación de las actuaciones globales de
compensación y equilibrio territorial contempladas en el
Plan Eólico de la Comunitat Valenciana (PECV). Este fondo se
nutre de los ingresos de las empresas adjudicatarias como
contribución a las estrategias de actuación del
Plan.
Beneficiarios
Con carácter general, el Fondo de
Compensación previsto en el marco del Plan Eólico
de la Comunitat Valenciana (PECV) está destinado a aquellos
municipios y mancomunidades de municipios incluidos en el
ámbito de afección de alguna de las 15
zonas aptas para albergar instalaciones eólicas
relacionadas en él.
El ingreso realizado por la empresa adjudicataria
de una determinada zona, irá destinado a los ayuntamientos y
mancomunidades de aquellos municipios incluidos en el ámbito de
afección de dicha zona.
Para la convocatoria del año 2009
podrán acceder al Fondo los ayuntamientos y
mancomunidades de los municipios que se encuentren en el ámbito de
afección de las zonas eólicas 1, 2, 3, 6, 7, 8, 10 y 11
según la siguiente cuantía y
distribución:
| Zona |
Remanente 2008 (€) |
Ingresos 2010 (€) |
Total Fondo 2010 (€) |
| 1 |
6.160,08 |
247.247,76 |
251.377,84 |
| 2 |
6.130,08 |
286.122,38 |
292.252,46 |
| 3 |
6.130,08 |
445.905,00 |
452.035,08 |
| 6 |
5.595,75 |
486.279,27 |
491.875,02 |
| 7 |
-- |
26.010,86 |
26.010,86 |
| 8 |
-- |
237.816,00 |
237.816,00 |
| 10 |
-- |
310.148,57 |
310.148,57 |
| 11 |
-- |
393.259,47 |
393.259,47 |
| Total |
23.985,99 |
2.430.789,31 |
2.454.775,30 |
Tipo de ayuda
La cantidad asignada a cada proyecto se
determinará en función del presupuesto de
inversión presentado por el solicitante, no pudiendo superar
el 100% de dicho presupuesto.
Los costes elegibles que entran en el
cálculo a efectos del reparto de los fondos son los
siguientes:
- Las inversiones en inmovilizado: coste de mano
de obra externa, ejecución material, equipos e
instalaciones.
- Costes de proyecto y dirección de
obra, si se trata de contrataciones externas.
Plazo y lugar
de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes
comenzará el día de la publicación de
la convocatoria en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV),
y finalizará a los dos meses de dicha
publicación.
Para el ejercicio 2010 ello se traduce en las
siguientes fechas:
- Apertura del plazo de presentación
de solicitudes: 27/07/2010
- Cierre del plazo de presentación de
solicitudes: 27/09/2010
Las solicitudes, acompañadas de la
documentación complementaria indicada en la
Resolución de convocatoria, podrán presentarse en
la sede de la Agencia Valenciana de Energía (AVEN) en
Valencia, C/. Colón, nº 1, 4ª planta.
Horario de registro:
- Mañanas: Lunes a viernes, de 9:00 a
14:00 h.
También podrán presentarse
en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común. A modo orientativo se
indican las siguientes:
- En los registros de cualquier
órgano administrativo que pertenezca a la
Administración de la Comunidad Valenciana (u otras
Comunidades Autónomas).
- En los registros de los edificios y oficinas
PROP de la Generalitat Valenciana. Pueden consultarse en
www.prop.gva.es, y en los teléfonos 012 ó
96.386.60.00 (llamadas desde otras Comunidades Autónomas).
- En los registros de cualquier
órgano administrativo que pertenezca a la
Administración General del Estado.
- En los registros de las entidades que integran
la Administración Local (Ayuntamientos), Diputaciones
Provinciales y Mancomunidades Intermunicipales, siempre que se hubiese
suscrito el oportuno convenio. Pueden consultarse en www.prop.gva.es, y
en los teléfonos 012 ó 96.386.60.00 (llamadas
desde otras Comunidades Autónomas).
- Oficinas de Correos (obligatorio
envío por correo certificado).
En el caso de que se optara por presentar la
solicitud en una oficina de Correos, deberá hacerse en sobre
abierto para que la instancia sea fechada y sellada por la oficina de
Correos antes de ser certificada.
Procedimiento
para presentar la solicitud
Las solicitudes se presentarán con
anterioridad a la ejecución de la actuación, no
pudiendo seleccionarse proyectos iniciados antes de la
presentación de dicha solicitud. Los solicitantes
podrán ejecutar los proyectos una vez presentada la
solicitud, sin necesidad de esperar a que la resolución de
distribución del Fondo se produzca y sin que ello prejuzgue
la decisión que finalmente se adopte.
Documentación
a presentar
En el momento de presentar la solicitud
deberá acompañarse la siguiente
documentación:
- Documentación administrativa.
- Impreso de solicitud normalizado,
(véase "Documentos asociados", en el marco lateral derecho
de esta misma página). Este impreso contiene la
declaración de otras ayudas solicitadas o concedidas.
- Anexo al impreso de solicitud,
(véase "Documentos asociados", en el marco lateral derecho
de esta misma página).
- Documentación acreditativa e
identificativa del solicitante y, en su caso, del representante legal.
- Datos de domiciliación bancaria,
empleando la ficha de mantenimiento de terceros (véase
"Documentos asociados", en el marco lateral derecho de esta misma
página).
- Documentación técnica.
- Memoria de la actuación,
describiendo los siguientes aspectos:
- Descripción de la
actuación propuesta, objetivos perseguidos y medios
empleados.
- Plan y calendario de la
actuación.
- Presupuesto estimado de la
inversión con indicación de las fuentes de
financiación (incluidas las subvenciones).
- Justificación del
interés de la actuación.
- Especificación del
área o extensión de territorio afectada.
- Número de población
o actividades económicas beneficiadas con la
actuación.
- Características principales de
la actuación.
Actuaciones
apoyables
- Proyectos de mejora de infraestructuras rurales
y servicios.
- Mejora en caminos rurales de acceso a montes.
- Mejora de la red viaria rural de acceso a
pedanías, caseríos, alquerías y
edificaciones rurales aisladas.
- Instalación de puntos de alumbrado
público en viales de acceso a pedanías,
caseríos, alquerías y edificaciones rurales
aisladas.
- Trabajos de electrificación rural
encaminados a extender la red de energía
eléctrica a alquerías, granjas, instalaciones o
edificaciones rurales aisladas.
- Trabajos de mejora de la red de
energía eléctrica, como sustitución o
ampliación de tendidos eléctricos
aéreos o subterráneos, soportes, centros de
transformación, elementos auxiliares de red, etc.
- Limpieza y mejora de vías
pecuarias, desbroce, consolidación de afirmado,
concreción de lindes, señalización,
etc.
- Cualquier otro que suponga la mejora de
infraestructuras rurales y servicios.
- Proyectos de impulso de las energías
renovables.
- Organización de campañas
divulgativas, a través de trípticos, folletos u
otros medios, sobre los beneficios ambientales y
socioeconómicos de la implantación de
instalaciones de aprovechamiento de energías renovables.
- Realización de charlas y ciclos de
conferencias sobre las energías renovables.
- Organización de foros de debate y
mesas redondas en centros sociales y culturales sobre las
energías renovables y su papel en el futuro escenario
energético.
- Organización de talleres o aulas
prácticas relacionados con los dispositivos de
aprovechamiento de energías renovables.
- Construcción de centros
demostrativos destinados al estudio o difusión de las
energías renovables.
- Promoción del conocimiento sobre
energías renovables a través de concursos,
premios, etc.
- Construcción y equipamiento de
instalaciones de aprovechamiento de las energías renovables.
- Cualquier otro que tenga como fin el impulso
de las energías renovables.
- Proyectos de mejora de las condiciones
socioeconómicas.
- Proyectos que incidan en la mejora del entorno
social y económico.
Criterios de
evaluación de las solicitudes
La valoración de las actuaciones
solicitadas se realizará aplicando los siguientes criterios:
- a) Características del municipio. De
manera prioritaria y por este orden:
- a.1) Actuaciones propuestas por corporaciones
locales cuyos municipios no alberguen parques eólicos pero
soporten infraestructuras de evacuación de la
energía eléctrica generada en los mismos.
- a.2) Actuaciones propuestas por corporaciones
locales cuyos municipios no alberguen parques eólicos pero
resulten afectados visualmente por los mismos desde algún
punto de su casco urbano.
- a.3) Actuaciones propuestas por corporaciones
locales cuyos municipios no alberguen parques eólicos pero
soporten infraestructuras de obra nueva o ampliación de
caminos de acceso a parques.
- a.4) Actuaciones propuestas por corporaciones
locales cuyos municipios alberguen parques eólicos, en cuyo
caso el orden de prioridad será inversamente proporcional al
número de aerogeneradores soportados y directamente
proporcional al grado de afección provocado por los mismos.
-
b) Características e interés del proyecto desde
el punto de vista social, medioambiental y económico.
- c) Distribución equilibrada temporal
de los fondos entre los municipios.
- d) Previsión de
financiación adicional de la actuación,
incluyendo ayudas públicas o fondos propios.
Información
adicional
Para mayor información sobre el fondo
de compensación se deberá consultar los
documentos:
- Creación del fondo de
compensación: LEY
10/2006, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión
Administrativa y Financiera, y de Organización de la
Generalitat (DOCV nº 5.416, 28/12/2006).
- Modificación
de algunas características del Fondo de Compesación
del PECV (DOCV nº 5922, 29/12/2008).
- ORDEN de 4
de enero de 2007, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte
sobre la naturaleza y el régimen de distribución
del Fondo de Compensación para el desarrollo de actuaciones
en el marco del Plan Eólico de la Comunitat Valenciana (DOCV
nº 5.442, 02/02/2007).
-
RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2010, de la Agencia
Valenciana de la Energía (AVEN), por la que se convoca
el Fondo de Compensación previsto en el marco del Plan
Eólico de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2010.
[2010/8431].
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