Dirigido a: Entidades locales de la CV pertenecientes a unas comarcas específicas | |
Presentación solicitudes: desde el 5/03/2018 hasta el 6/04/2018 a las 24 horas * | |
Plazo de ejecución (periodo subvencionable del gasto): Hasta el 31 de diciembre del año para el que se le conceda la ayuda |
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Plazo justificación: |
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Para los proyectos de carácter anual: Desde el 2 de enero hasta el 15 de enero del año 2019. |
Para los proyectos plurianuales:
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* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 8241 de fecha 23/02/2018, y posterior ampliación de presupuesto (DOGV nº 8342 de 19/07/2018) es modificaciones, si bien la información exhaustiva y completa del programa deberá consultarse en los textos publicados en el DOGV.
Objetivo |
Entidades beneficiarias |
Entidades locales de la CV pertenecientes a las comarcas de El Camp de Morvedre, El Camp de Túria, La Ribera Alta, La Ribera Baixa,L’Horta Nord, L’Horta Oest, L’Horta Sud València, Los Serranos, El Rincón de Ademuz, La Costera, La Hoya de Buñol, La Plana de Utiel-Requena, La Canal de Navarrés, El Valle de Ayora, L’Alcalatén, El Alto Mijares, El Alto Palància, El Baix Vinalopó, L’Alacantí, L’Alt Vinalopó, El Vinalopó Mitjà, La Marina Alta, La Marina Baixa, La Plana Alta, La Plana Baixa.
Consultar aquí la relación de municipios por comarcas.
Requisitos de los proyectos |
Las ayudas podrán ser para proyectos y/o actuaciones de carácter anual (ejecutables en el ejercicio 2018), o de carácter plurianual (ejecutables en el 2018 y el 2019); en este último caso se podrá solicitar la ayuda, siempre que al menos el 45 % del presupuesto subvencionable del proyecto y/o actuación se realice en el año 2018.
• Presupuesto subvencionable del proyecto deberá ser igual o superior a 50.000 €.
• Los proyectos no podrán haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda y su finalización no podrá exceder del día 31 de diciembre de 2018 o 31 de diciembre de 2019 para los proyectos plurianuales..
• Cada ayuntamiento podrá presentar una única solicitud de mejora por cada polígono, área industrial o enclave tecnológico que tenga en su municipio (por ej. si tiene 3 polígonos, debe presentar 3 solicitudes)
Actuaciones apoyables |
• Obra civil que permita la implantación de fibra óptica y otros servicios.
• Vigilancia a través de CCTV conectado a la Policía Local.
• Transporte público. Actuaciones que mejoren la movilidad urbana: carril bici.
• Transporte público. Actuaciones que mejoren la movilidad urbana: Pasarelas peatonales
• Ampliación o creación de depuradora.
• Mejora de la imagen del polígono: tanto de la fachada vegetal como las de las industrias mediante un programa de ayudas municipal. Regeneración paisajística y ambiental.
• Mejora alumbrado público, mediante medidas de eficiencia energética y/o energías renovables.
• Generación de energía renovable para todo el polígono, áreas industriales o enclaves tecnológicos.
• Servicios contra incendios.
• Implantación de Ecoparque o de sistemas de gestión de residuos (en especial los peligrosos).
• Mejora de zonas verdes e implantación de las mismas sobre el viario de zonas/recorridos biosaludables.
• Creación de herramienta web con información del polígono industrial accesible a IVACE.
• Mejora viaria: habilitación de nuevos aparcamientos y/o viales, viales más amplios, nuevos accesos, así como operaciones de remodelación que conlleven las anteriores.
• Señalización/identificación de calles.
• Señalización horizontal y vertical de tráfico.
• Mejora del saneamiento separativo de las aguas residuales.
• Mejora en el suministro de agua, bruta y potable y/o aumento de caudal y presión.
• Dotar de suministro de gas a alta y baja presión.
El proyecto podrá contener una o varias de las anteriores actuaciones apoyables.
Tipo de ayuda |
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100 % de los costes considerados como subvencionables con las siguientes limitaciones:
- En los polígonos industriales con una superficie menor de 25.000 m2, la limitación se establece en 3 €/m2.
- En los polígonos industriales con una superficie mayor de 25.000 m2, la limitación se establece en 2 €/m2.
En todo caso, el límite máximo de ayuda será de 1.000.000 € por polígono, área industrial o enclave tecnológico
Costes subvencionables |
Se consideran subvencionables los costes de inversión en activos materiales e inmateriales vinculados al proyecto presentado al IVACE que se indican a continuación:
a) Coste de ejecución de las obras y/o instalaciones.
b) Coste de los bienes y equipos.
c) Coste de redacción de proyectos de obra y/o instalación, de estudios de seguridad y salud y de dirección de obra, siempre que se contraten externamente.
En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
Criterios de valoración |
Para que un proyecto pueda ser aprobado, tendrá que tener una puntuación mínima de 30 puntos. |
Criterios que afectan a las zonas objeto de las ayudas: hasta 30 puntos |
Criterios que afectan a las obras a realizar: hasta 70 puntos |
Máximo de puntos que puede obtener un proyecto: 100 puntos. |
1. Criterios que afectan a las zonas objeto de las ayudas: hasta un total de 30 puntos.
Ocupación del polígono: Hasta un máximo 20 puntos: (Polígonos, áreas industriales y/o enclaves tecnológicos con mayor porcentaje de ocupación, es decir, de empresas instaladas y en actividad).
- 100% = 20 puntos - Entre 51% y 99% = 13 puntos - Menores de 50% = 7 puntos |
Antigüedad del polígono: Hasta un máximo de 10 puntos.
- Mayores de 20 años = 10 puntos
- Entre 11 y 19 años = 7 puntos
- Menores de 10 año = 4 puntos
2. Criterios que afectan a las obras y/o inversiones a realizar, y su aprovechamiento: hasta un máximo total de 70 puntos.
Cada actuación se valorará ponderando el aprovechamiento que de las mismas se vaya a realizar calculado en función del porcentaje de empresas beneficiadas sobre el total de las empresas que integran el polígono, área industrial o enclave tecnológico, de acuerdo con los siguientes rangos e intensidades:
- entre un 71 % y 100 % de aprovechamiento: intensidad máxima.
- entre un 31 % y 70 % de aprovechamiento: intensidad media.
- menores de un 30% de aprovechamiento: intensidad mínima.
Actuaciones susceptibles de ayuda:
- Obra civil que permita la implantación de fibra óptica y otros servicios: máxima 5 puntos, media 3 puntos, mínima 1 punto.
- Vigilancia a través de CCTV conectado a la Policía Local: máxima 5 puntos, media 3 puntos, mínima 1 punto.
- Transporte Público. Actuaciones que mejoren la movilidad urbana (carril bici): máxima 5 puntos, media 3 puntos, mínima 1 punto.
- Transporte Público. Actuaciones que mejoren la movilidad urbana: pasarelas peatonales: máxima 5 puntos, media 3 puntos, mínima 1 punto.
- Ampliación o creación de depuradora: máxima 5 puntos, media 3 puntos, mínima 1 punto.
- Mejora de la imagen del polígono: tanto de la fachada vegetal como de las industrias mediante programa de ayudas municipal. Regeneración paisajística y ambiental: máxima 5 puntos, media 3 puntos, mínima 1 punto.
- Mejora del alumbrado público, mediante medidas de eficiencia energética y/o energías renovables: máxima 5 puntos, media 3 puntos, mínima 1 punto.
- Generación de energía renovable para todo el polígono: máxima 5 puntos, media 3 puntos, mínima 1 punto.
- Servicios contra incendios: máxima 3,75 puntos, media 2 puntos, mínima 1 punto.
- Implantación de ecoparque o de sistemas de gestión de residuos, en especial, los peligrosos: máxima 3,75 puntos, media 2 puntos, mínima 1 punto.
- Mejora de zonas verdes e implantación de las mismas y sobre el viario de zonas/recorridos biosaludables: máxima 3,75 puntos, media 2 puntos, mínima 1 punto.
- Creación de herramienta Web con información del polígono industrial accesible a IVACE: máxima 3,75 puntos, media 2 puntos, mínima 1 punto.
- Mejora viaria: más aparcamientos y/o viales, viales más amplios, nuevos accesos, así como operaciones de remodelación que conlleve las anteriores: máxima 2,50 puntos, media 1,50 puntos, mínima 1 punto.
- Señalización y/o identificación de calles: máxima 2,50 puntos, media 1,50 puntos, mínima 1 punto.
- Señalización horizontal y/o vertical de tráfico: máxima 2,50 puntos, media 1,50 puntos, mínima 1 punto.
- Mejora del saneamiento separativo de las aguas residuales: máxima 2,50 puntos, media 1,50 puntos, mínima 1 punto.
- Mejora en el suministro de agua, bruta y potable y/o aumento de caudal y presión: máxima 2,50 puntos, media 1,50 puntos, mínima 1 punto.
- Dotación de suministro de gas a alta y baja presión: máxima 2,50 puntos, media 1,50 puntos, mínima 1 punto.
Esquema General |
1. Presentación solicitud
2. Instrucción / evaluación por IVACE
3. Resolución de concesión por presidencia de IVACE. Importe subvención
4. Notificación concesión al Ayuntamiento
5. Ejecución del proyecto
6. Justificación: aportación documentación
7. Revisión justificación
8. Pago/minoración ayuda
Solicitud y documentación |
DOCUMENTACIÓN
1. Solicitud y Memoria Técnica del proyecto. La solicitud y la memoria técnica se adecuarán a los modelos normalizados disponibles en la página web: http://www.ivace.es. En la solicitud de la ayuda se incluyen las declaraciones responsables relativas a las obligaciones de los beneficiarios de las ayudas.
2. Resto de documentación complementaria, descrita en el artículo 6.4 de la convocatoria, que deberá acompañar a la solicitud y a la memoria técnica. Dicha documentación habrá de presentarse utilizando igualmente los medios telemáticos proporcionados por el IVACE.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD
La solicitud y la memoria técnica se adecuarán a los modelos normalizados disponibles en el apartado 'Documentación anexa' a la derecha de esta página, y se presentarán ante el Registro Electrónico del IVACE. Solo se admitirá la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante el Registro Electrónico que estén firmados electrónicamente mediante una firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido, según lo dispuesto en el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana, y expedido por la Generalitat o por cualquier otro prestador de servicios de certificación con el que la Generalitat haya firmado el oportuno convenio.
Examinada la documentación aportada, si ésta no reúne los requisitos exigidos se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días hábiles desde el siguiente al de la recepción del requerimiento, subsane la falta o acompañe la documentación necesaria con indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de la solicitud.
Los requerimientos que se realicen por medios electrónicos se entenderán practicados o rechazados en los términos que se señalan en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en la legislación complementaria. En este sentido, si transcurren diez días naturales sin que se acceda al contenido del requerimiento, se entenderá que la notificación ha sido rechazada y se tendrá por realizado el trámite de la notificación.
La aportación de documentos en contestación a los requerimientos referenciados, se deberá realizar a través de Registro electrónico (Trámite Aportación documentación en el apartado 'Documentación anexa' a la derecha de esta página)