1. ¿Cómo se articula la comunidad energética?
La comunidad energética, agrupa a todos sus participantes a través de una entidad jurídica basada en la participación abierta y voluntaria, efectivamente controlada por socios o miembros que desarrollan proyectos y son propiedad de dicha persona jurídica.
2. ¿Cuál es la forma jurídica más adecuada para constituir una comunidad energética?
Cualquier figura jurídica (Asociación, cooperativa, Sociedad Anónima o Sociedad limitada) será válida siempre que responda a los principios mencionados de entidad jurídica basada en la participación abierta y voluntaria, efectivamente controlada por socios o miembros que desarrollan proyectos y son propiedad de dicha persona jurídica, donde su finalidad primordial sea la de proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus socios o miembros o a las zonas locales donde operan, en lugar de ganancias financieras.
3. ¿Se pueden utilizar formas jurídicas ya constituidas como paraguas de la comunidad energética?
Sí, siempre que se incluya dentro del objetivo social y sus normas de funcionamiento respondan a los principios definidos para las comunidades energéticas.
4. ¿Cuáles son los pasos para constituir una comunidad energética?
La constitución legal de una comunidad energética deberá cumplir con el procedimiento legal establecido para la forma jurídica escogida.
5. ¿Qué necesito para constituir una comunidad energética en formato asociación?
Para constituir una comunidad energética vehiculada a través de una asociación se necesitarán:
- Estatutos firmados por todos los socios
- Acta fundacional
- Relación de componentes del órgano provisional de gobierno.
- Liquidación del modelo 036 en Hacienda
- Solicitud de la inscripción en el registro de asociaciones de la Comunidad Valenciana.
Para más información sobre el proceso puedes consultar AQUÍ
6. ¿Qué necesito para constituir una comunidad energética en formato cooperativa?
Para constituir una comunidad energética vehiculada a través de una cooperativa se necesitarán:
- Solicitud de la denominación social negativa
- Estatutos firmados por los socios
- Acta fundacional
- Relación de componentes del órgano provisional de gobierno.
- Apertura provisional de la cuenta bancaria
- Depósito del capital social mínimo (3.000 euros)
- Ratificación de la cooperativa ante notario
- Liquidación del modelo 036 en Hacienda
- Solicitud de inscripción ante registro de Cooperativas de la Comunidad Valenciana.
Para más información sobre el proceso puedes consultar AQUÍ
7. ¿Qué necesito para constituir una comunidad energética en formato sociedad limitada?
Para constituir una comunidad energética vehiculada a través de una sociedad limitada se necesitarán:
- Solicitud de la denominación social negativa.
- Apertura de cuenta bancaria y depósito de capital social mínimo (3.000 euros)
- Redacción de Estatutos de la sociedad
- Escritura pública de constitución de la sociedad
- Solicitud del NIF provisional
- Alta Impuesto de Actividades
- Liquidación del modelo 036 en Hacienda
- Solicitud de inscripción ante registro mercantil de la Comunidad Valenciana
- Adquisición del NIF definitivo